Ciudadanos En un plazo máximo de seis meses entrará en plena vigencia la ley provincial de Declaración de Voluntad Anticipada N° 10.058, o de muerte digna, como habitualmente se la designa. Así lo dispone la reglamentación de la norma, aprobada por el Poder Ejecutivo provincial el 14 de este mes a través del decreto N° 1.276, y presentada ayer a la Comisión de Salud Humana de la Unicameral por el ministro de Salud de la Provincia, Francisco Fortuna. El Poder Ejecutivo aprobó la reglamentación elaborada por una comisión especial. Salud la presentó ayer a los legisladores.
Contenido extraido de: http://ift.tt/1vn1bKp